Dijo que el levantamiento de las restricciones en los horarios favorecerĆ” que las orquestas, combos y grupos artĆsticos puedan ofrecer sus servicios que, por lo general, registran mayores demandas en este perĆodo navideƱo.
PrecisĆ³ que la disposiciĆ³n se aplicarĆ” durante el perĆodo comprendido entre el dĆa 10 de diciembre del presente aƱo 2013 hasta el dĆa 8 de enero del 2014, tras el consenso a que se arribara en el marco de un proceso de consultas y encuentros con representantes de los citados establecimientos de diversiĆ³n.
En ese mismo orden, no se permitirĆ” el ingreso, a dichos establecimientos, con armas de fuego, como tampoco la entrada de menores de edad, ni la venta de bebidas alcohĆ³licas a Ć©stos. En tal virtud, los dueƱos de estos negocios serĆ”n responsables de mantener el orden y velar porque se cumplan las normativas vigentes.
Dichas facilidades se asumen de manera conjunta con representantes de los citados establecimientos de diversiĆ³n, bajo el compromiso de que cada quien debe garantizar el orden, la seguridad y garantĆa plena de la vida humana.
TambiĆ©n aclarĆ³ que “no hay otro interĆ©s que no sea garantizar el derecho a la diversiĆ³n con prudencia y en el marco de lo permitido, de manera que estos acuerdos facilitan que la ciudadanĆa pueda festejar estos tiempos navideƱos sin que con ello se favorezcan extralimitaciones de ningĆŗn gĆ©nero”.
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