Dijo que el levantamiento de las restricciones en los horarios favorecerĆ” que las orquestas, combos y grupos artĆsticos puedan ofrecer sus servicios que, por lo general, registran mayores demandas en este perĆodo navideƱo.
Precisó que la disposición se aplicarĆ” durante el perĆodo comprendido entre el dĆa 10 de diciembre del presente aƱo 2013 hasta el dĆa 8 de enero del 2014, tras el consenso a que se arribara en el marco de un proceso de consultas y encuentros con representantes de los citados establecimientos de diversión.
En ese mismo orden, no se permitirÔ el ingreso, a dichos establecimientos, con armas de fuego, como tampoco la entrada de menores de edad, ni la venta de bebidas alcohólicas a éstos. En tal virtud, los dueños de estos negocios serÔn responsables de mantener el orden y velar porque se cumplan las normativas vigentes.
Dichas facilidades se asumen de manera conjunta con representantes de los citados establecimientos de diversión, bajo el compromiso de que cada quien debe garantizar el orden, la seguridad y garantĆa plena de la vida humana.
TambiĆ©n aclaró que “no hay otro interĆ©s que no sea garantizar el derecho a la diversión con prudencia y en el marco de lo permitido, de manera que estos acuerdos facilitan que la ciudadanĆa pueda festejar estos tiempos navideƱos sin que con ello se favorezcan extralimitaciones de ningĆŗn gĆ©nero”.
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